Nuestro país es muy dado a los extremos. Siempre lo ha sido. Rivalidades definidas donde con mayor o menor fortuna se distribuyen tonos de grises que navegan entre dos aguas, bien diferenciadas y opuestas. Real Madrid y Barcelona, Izquierda y Derecha, playa o montaña.
Nadie sabe qué puede suceder este domingo tras el referéndum catalán, y es un poco tarde para afrontarlo con la cordura política suficiente que evitara los espectáculos de estos días.
Volvemos a los extremos. España-Cataluña, Mossos-Guardia Civil, etc… Podemos encontrar cien ejemplos en los noticiarios de los últimos días…
Mi reflexión en este post es aventurar, en un hipotético escenario de independencia unilateral catalana, el escenario para las Enfermeras de a pie y su situación laboral, basándonos en lo expresado por el portavoz de la Comisión Europea en España, Dimitri Barua, ha asegurado que la «salida» de una parte del territorio de un país miembro «implica su salida de la Unión Europea«.
Mi buen amigo y gran bloguero Fernando Campaña (@Ferenfer) apuntaba en este post las consecuencias por ejemplo a efectos colegiales que podría tener esta situación, e introducía su relato con estas palabras que hago también mías:
«Estas reflexiones, que se pueden tomar como un pensar en voz alta, no pertenecen a un posicionamiento político en el actual proceso en el que se ve envuelta Catalunya. Se sitúan más bien en un lugar y una línea temporal más allá del llamado día 1-O tras una ruptura (unilateral) con España. En un hipotético proceso similar al Brexit, tras el día 1-O y dónde se comenzaran a aplicar la las llamadas leyes de transitoriedad o desconexión. «
Veamos qué sucedería en este hipotético escenario:
TRASLADOS.
Es el mayor problema para enfermera con plaza en propiedad en el ICS que quieren trasladarse a cualquier comunidad autónoma del resto del país. Y también a la inversa. En este momento las plazas estatutarias en propiedad pueden concursar por traslado al resto de convocatorias de España en la misma categoría (Ejemplo de la Conselleria Sanitat 2012). Salvo acuerdo explícito, la reciprocidad entre administraciones sanitarias desaparecería, y el actual ICS operaría como si se tratara del Sistema de Salud de un país como, por ejemplo, Canadá. Lo mismo sucedería para determinadas circunstancias que en este momento operan en el Sistema Nacional de Salud (por ejemplo, comisiones de servicio, o excedencias por agrupación familiar). En ambas situaciones, en caso de querer acceder al ICS o trasladarse a otro punto del territorio español si ya se tiene plaza en él, los interesados deberían opositar de nuevo.
NOMINAS.
Aunque los complementos retributivos como noches, festivos y productividad se acuerdan en las Mesas de Negociación Autonómicas, el Estado fija conceptos como Trienios y Sueldo Base anualmente en el BOE. Podrían ser los mismos y con las mismas cuantías, pero debería regularse por el nuevo Ministerio de Interior Catalán.
OPOSICIONES.
En este momento las convocatorias de toda España deben ceñirse a un marco de mínimos nacional[1], con libertad para establecer los méritos en las Mesas de Negociación. Sin marco estatal, las oposiciones en Cataluña podrían exigir, por ejemplo, el conocimiento de la lengua catalana como requisito imprescindible para presentarse (ahora mismo es mérito, no requisito, como por ejemplo, la Comunidad valenciana y el Valenciano[2]).
ESPECIALIDADES.
Las plazas convocadas en el EIR pertenecientes a Cataluña, no se ofertarían al resto de España, salvo acuerdo, dado que las pruebas serían diferentes. Del mismo modo, el Ministerio de Sanidad Catalán no podría ofertar plazas del resto de España para la formación de sus especialistas.
Además, en un hipotético estado catalán independiente, las especialidades podrían ser las mismas que en España, otras completamente diferentes, o incluso contener subespecialidades en, por ejemplo, Enfermería Medico-Quirúrgica. Su correspondencia en España (y a la inversa) tendría que ser negociada, al igual que el resto de títulos formativos.
Correspondería a los nuevos Ministerios de Educación y Sanidad catalanes establecer los planes de estudios de las diferentes carreras y pactar un proceso de convalidación con el resto de países de su entorno (donde como bien apuntaba Enrique Castro @castrocloud podría ser necesaria la intervención de la UE en las negociaciones), como en su día se hizo en España con las especialidades enfermeras.
Nada sugiere un entorno optimista, repito, salvo acuerdo entre administraciones. Pero si la independencia se hace de manera unilateral, no parece que la otra parte esté muy por la labor de pactar mejoras con el nuevo estado.
Os dejo con esta imagen de Sra. Rushmore (@srarushmore ) de Gran Via de Madrid, que contiene en una palabra todo el sentido común que a muchos les falta. ¿Parlem? (¿Hablamos?)
Ojalá consigamos llegar a un acuerdo entre todos, pues hay mucho en juego. También para Enfermería.
@uciero
Foto de portada: http://www.eleconomista.es
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[1] Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
[2] Orden de 7 de mayo de 2007, del Conseller de Sanidad, por la que se aprueban los baremos de méritos de aplicación a los procesos selectivos para la cobertura de plazas de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias de la Generalitat
Gracias por el post. Pero en Catalunya, para tener plaza fija como enfermera en el ICS, es obligatorio desde hace años tener el nivel C1 de catalan. Lo que merita es el C2 (antiguo D).
Hola Gemma, gracias por pasar y comentar. Efectivamente se apunta como uno de los requisitos, aunque deja abierta la posibilidad de que no se tenga la certificación según el puesto a desempeñar.
«g) Coneixement oral i escrit de la llengua catalana. Aquest requisit s’ha d’acreditar mitjançant la presentació
d’un certificat de nivell de suficiència de català (certificat C1) o superior de la Direcció General de Política
Lingüística del Departament de la Cultura, o equivalent.
Si no es té el certificat acreditatiu, el tribunal avaluarà adequadament els coneixements de llengua catalana
segons el lloc a proveir.»
Luego no es directamente excluyente su tenencia. Ésto podría ser más restrictivo en un futuro si finalmente hay independencia.
Saludos y gracias de nuevo por tu aporte.
Isidro
Buenas tardes, interesante la información que brindan en este post.
Los invito a visitar mi sitio web donde subo información sobre enfermería y medicina https://enfermeriacuidadosymas.blogspot.com